Consejo de Estado confirma que MinAgricultura tiene la razón sobre administración de la cuota parafiscal de carne y leche

 
El Consejo de Estado, confirmó la sentencia dictada por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, el pasado nueve de febrero, en la que niega la pretensión de la Federación Colombiana de Ganaderos (Fedegán) de perpetuarse en el recaudo y la administración de la Cuota de Fomento Ganadero y Lechero y ratificando que al Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural le asiste la razón en dicho proceso.
 
Según manifestó el Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural, Aurelio Iragorri Valencia, los recursos de la parafiscalidad deben beneficiar a las más de 450 mil familias que dependen de esta actividad y su administración debe estar en manos de una organización que los represente a todos, sin exclusiones.

La Sala de lo Contencioso Administrativo, rechazó la impugnación interpuesta por Fedegán al fallo del Tribunal Administrativo de Cundinamarca y confirmó la decisión del ente judicial al denegar las pretensiones planteadas por el demandante, por no ser exigible la obligación al Ministerio de celebrar de manera directa la contratación con el gremio.

De igual forma, según lo expuesto en la decisión del Consejo, el Gobierno Nacional tampoco tiene que abstenerse de adelantar el proceso licitatorio para escoger la administradora encargada de tal recaudo.

Al respecto, el jefe de la cartera agropecuaria indicó que el fallo le da un marco de seguridad jurídica para responder a las diferentes posiciones manifestadas en torno a dicha administración de la cuenta y así, avanzar en la entrega a una organización que represente a todos los ganaderos el recaudo y el manejo de la cuota parafiscal dentro de un proceso participativo, transparente y democrático.

El Ministro Iragorri, manifestó que igual que lo hizo con la providencia del Tribunal de Cundinamarca, acata el fallo del Consejo de Estado, que según su análisis beneficia a todos los ganaderos y valida  la decisión del Gobierno al intervenir el Fondo Nacional del Ganado (en liquidación), frente a la posibilidad de que los recursos que manejaba se perdieran.

El funcionario recordó que Fedegán, que administró el FNG durante 20 años, había demandado al Ministerio valiéndose de argumentos que no fueron aceptados en la decisión judicial vinculante, proferida en primera instancia por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, que rechazó pretensión del gremio de apropiarse exclusiva y permanentemente del manejo y administración de la cuota de fomento ganadero y lechero.

La agremiación, mediante una acción de cumplimiento buscaba obligar a la cartera agropecuaria a  contratarlo directamente para continuar administrando la cuota, argumentándose una interpretación errónea del Artículo 7 de la Ley 89 de 1993, que el alto Tribunal rechazó y cuya decisión fue impugnada por Fedegán.

Ahora el Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, deja en firme la providencia del Tribunal Administrativo de Cundinamarca y rechaza la impugnación presentada por Fedegán.  

Es importante recordar como antecedente, que el Ministerio asumió la administración temporal del FNG (liquidación), a través de un encargo fiduciario celebrado con Fiduagraria S.A. y que el motivo principal para ello fue la posibilidad de que los recursos que aportan los ganaderos, y que les pertenecen, se perdieran  a raíz de la mala decisión del anterior administrador del Fondo (Fedegán), de adquirir acciones de Friogán S.A., el cual fue incluido en el régimen de la Ley 1116, que lo puso en riesgo inminente al ser el propietario del 78 por ciento de las acciones. 

En el fallo, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca señala que a la Federación Colombiana de Ganaderos no le asiste la razón en cuanto a lo expresado en el Artículo 7 de la Ley 89 de 1993, debido a que el único mandato al Ministerio de Agricultura establecido en la norma la celebración de un contrato con la Federación el cual no debía tener una duración mínima de 10 años, lo cual la cartera ministerial cumplió a satisfacción con la celebración del contrato 017 de 1993 (diez años) y la posterior suscripción del contrato 026 de 2004.

Es importante anotar que el Tribunal, tomando en cuenta los requisitos mínimos de la acción de cumplimiento de que habla el artículo 87 de la Constitución y la legislación vigente, manifiesta que la Ley de ninguna manera expresa mandamiento al Ministerio sobre la permanencia, la perpetuidad  o la obligación de contratar única y exclusivamente con este gremio.

De igual forma, el laudo expresa la facultad del MinAgricultura para asumir la administración y recaudo y adelantar el proceso de contratación de una fiducia para la administración y recaudo de las contribuciones parafiscales cuando la entidad administradora no está en condiciones de garantizar el cumplimiento de las reglas y políticas fijadas, como ocurrió con el Fondo Nacional del Ganado, bajo la administración de Fedegán. 
  
"Cuando decidimos tomar el ‘toro por los cachos’, lo hicimos teniendo en cuenta los intereses de miles de ganaderos, productores de carne y leche, que gracias a sus aportes nutrían un Fondo Parafiscal que manejaba millonarios recursos, y que debido a acciones erróneas entró en un proceso que terminó en la liquidación por parte de la Superintendencia de Sociedades", manifestó el Ministro Iragorri.

La justicia, en dos instancias se ha encargado de ratificar que los recursos públicos de la parafiscalidad, que aportan los productores de leche y carne, le pertenecen a las más de 450 mil familias que hacen parte del sector ganadero y no solo a unos que se consideraban ‘vacas sagradas.  Su administración le corresponde a un gremio o asociación, que los represente a todos y los incluya democráticamente, agregó.

El jefe de la cartera agropecuaria, indicó que el MinAgricultura, continuará  garantizando que estos recursos de naturaleza pública beneficien a la totalidad de los ganaderos de Colombia.  
En tal sentido, se constituyó La Cuenta Nacional de Carne y Leche (CNCC) para continuar con el recaudo y administración de la cuota de fomento ganadero y lechero y la ejecución de los programas para los cuales se ha destinado en la Ley, siendo prioridad la erradicación de fiebre aftosa y brucelosis bovina.

Finalmente el ministro Iragorri, dijo que con la certeza jurídica que otorga el fallo, en segunda instancia por parte del Consejo de Estado, muy pronto se le retornará el recaudo y administración de la parafiscalidad ganadera a una organización representativa de todos los ganaderos Colombianos.

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