Por: Luis Alonso Colmenares
Finalmente, y despues de un largo recorrido que
empezó en el mes de marzo del año pasado, el próximo 20 de febrero comenzarÔ el
proceso de vacunación contra el virus de la COVID 19, con base en el Plan
Nacional de Vacunación (PNV) que estructuró el Gobierno Nacional a través de la
expedición de decreto 109, en el cual quedó establecido que dicho plan se
llevarĆ” a cabo en dos fases y cinco etapas.
Se llegó a la definición del PNV con base en muchos
comitĆ©s tĆ©cnicos y cientĆficos para determinar el camino a seguir, reuniones
con las entidades territoriales y actores del sector salud, la consulta pĆŗblica
para recibir opiniones y comentarios, que tambiƩn ha incluido aspectos tƩcnicos,
negociaciones, ademĆ”s de discusiones polĆticas innecesarias.
En la primera etapa estƔn incluidos el personal de
la primera lĆnea de atención en los servicios de salud y los adultos mayores de
80 aƱos.
Se tiene previsto vacunar 150.000 personas diarias hasta
mitad de aƱo y 35 millones al llegar el 31 de diciembre del presente aƱo.
El proceso tiene asegurada la compra de 20 millones
de dosis por Covax y 41.5 millones de dosis a las farmaceuticas Pfizer,
AstraZeneca, Janssen, Moderna y Sinovac, para un total de 61.5 millones de
dosis que serƔn aplicadas a un poco mas 35 millones de personas.
La vacunación se llevarÔ a cabo por medio de citas
asignadas a cada persona, y para asignar la cita se usarĆ”n tecnologĆas de la
información y las comunicaciones para contactar a la persona y programarla, de
acuerdo con las fases y poblaciones priorizadas.
El modelo que utilizarĆ” Colombia serĆ” distinto al
que se estĆ” utilizando en otros paĆses donde llegan las personas a un sitio
especĆfico y hacen largas filas esperando su turno. En el modelo colombiano se
llevarÔ a cabo una vacunación controlada mediante citas asignadas, lo cual, en
términos prÔcticos puede contribuir a evitar la pérdida de biológicos, llevar
un registro preciso de las personas vacunadas, al mismo tiempo que evitarĆ”
aglomeraciones que se puedan exponer a riesgos de contagio mientras esperan el
turno en la fila para ser vacunados.
Precisa el decreto 109 que el Ministerio de Salud y
Protección Social (MSPS) identificarÔ las personas que serÔn vacunadas en cada
etapa del PNV, y conformarÔ la base de datos maestra de vacunación, de acuerdo
con la información contenida en las bases de datos oficiales con las que cuenta
el Estado colombiano y estƩn disponibles.
En ese sentido se podrÔn usar llamadas telefónicas,
mensajes de texto, mensajerĆa instantĆ”nea, correo electrónico, entre otros
medios tecnológicos, para comunicarse con los usuarios que serÔn objeto de la
vacunación.
La información relacionada con la etapa en la cual
serĆ” vacunada cada persona, y el grupo al cual pertenece, asĆ como el lugar,
fecha y hora de la cita tambiƩn se podrƔ consultar en la plataforma MIVACUNA
COVID-19 con el número de identificación de cada persona.
Por eso las entidades responsables del
aseguramiento en salud y las entidades territoriales deben identificar al
prestador de servicios de salud que gestionarÔ la vacunación de las personas
contenidas en los listados enviados por el MSPS.
En sistƩsis
el procedimiento se llevarĆ” a cabo de la siguiente forma:
1)
el prestador de servicios de salud debe contactar la persona a vacunar, informarle que la vacuna es voluntaria y
preguntarle si desea vacunarse. Si la respuesta es afirmativa le agendarĆ” la
cita para adelantar el procedimiento de vacunación;
2)
si la vacuna requiere de dos dosis la entidad prestadora tendrĆ” que agendar las
dos citas con el debido intervalo de tiempo entre uno y otro biológico;
3)
la persona con cita asignada debe presentarse en el lugar, hora y fecha
estipulada con la entidad prestadora de salud.
4) el
personal confirmarÔ la identificación de la persona y le entregarÔ los datos
sobre la seguridad, riesgo-beneficio, contraindicaciones y eventos adversos del
biológico a aplicar.
5)
la persona tendrĆ” que firmar el consentimiento.
6)
una vez aplicada la vacuna, el prestador de servicios de salud debe entregar el
carné de vacunación y recordarle al usuario la fecha de la cita para la
aplicación de la segunda dosis.
Las responsabilidades de las entidades territoriales
estĆ”n definidas en los artĆculos 20 y 21 del decreto 109. Disculpenme lo
personal en razón de mi origen, pero me perocupan varias cosas con respecto a
la particularidad de la población del departamento de La Guajira, respecto de
lo cual entonces cabe preguntar, ¿quĆ© estĆ” haciendo la Gobernación de La
Guajira sobre el plan de vacunación en el departamento? ¿TambiĆ©n van a encriptar
esa información que todos los residentes en La Guajira deben conocer?
Todos los guajiros tenemos derecho a conocer el
plan de vacunación que la gobernación de La Guajira tiene definido para los
habitantes del departamento.
Y ese plan de vacunación debe ser muy singular,
teniendo en cuenta tres poblaciones con caracterĆsticas propias: 1) la gran nación
wayuu, 2) los alijunas residentes y de arraigo, y 3) el ejĆ©rcito de “retornados”
que regresa a sus orĆgenes por toda la problemĆ”tica que se vive en Venezuela, a
los cuales tambiƩn hay que atender porque el hecho de que no sean vacunados
representan un riesgo para el resto de la población y que se mantenga el virus
en el ambiente. @LcolmenaresR
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