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Plan de Vacunación COVID 19

 Por: Luis Alonso Colmenares

Finalmente, y despues de un largo recorrido que empezó en el mes de marzo del año pasado, el próximo 20 de febrero comenzarÔ el proceso de vacunación contra el virus de la COVID 19, con base en el Plan Nacional de Vacunación (PNV) que estructuró el Gobierno Nacional a través de la expedición de decreto 109, en el cual quedó establecido que dicho plan se llevarÔ a cabo en dos fases y cinco etapas.

Se llegó a la definición del PNV con base en muchos comités técnicos y científicos para determinar el camino a seguir, reuniones con las entidades territoriales y actores del sector salud, la consulta pública para recibir opiniones y comentarios, que también ha incluido aspectos técnicos, negociaciones, ademÔs de discusiones políticas innecesarias.

En la primera etapa estÔn incluidos el personal de la primera línea de atención en los servicios de salud y los adultos mayores de 80 años.

Se tiene previsto vacunar 150.000 personas diarias hasta mitad de aƱo y 35 millones al llegar el 31 de diciembre del presente aƱo. 

El proceso tiene asegurada la compra de 20 millones de dosis por Covax y 41.5 millones de dosis a las farmaceuticas Pfizer, AstraZeneca, Janssen, Moderna y Sinovac, para un total de 61.5 millones de dosis que serĆ”n aplicadas a un poco mas 35 millones de personas. 

La vacunación se llevarÔ a cabo por medio de citas asignadas a cada persona, y para asignar la cita se usarÔn tecnologías de la información y las comunicaciones para contactar a la persona y programarla, de acuerdo con las fases y poblaciones priorizadas.

El modelo que utilizarĆ” Colombia serĆ” distinto al que se estĆ” utilizando en otros paĆ­ses donde llegan las personas a un sitio especĆ­fico y hacen largas filas esperando su turno. En el modelo colombiano se llevarĆ” a cabo una vacunación controlada mediante citas asignadas, lo cual, en tĆ©rminos prĆ”cticos puede contribuir a evitar la pĆ©rdida de biológicos, llevar un registro preciso de las personas vacunadas, al mismo tiempo que evitarĆ” aglomeraciones que se puedan exponer a riesgos de contagio mientras esperan el turno en la fila para ser vacunados. 

Precisa el decreto 109 que el Ministerio de Salud y Protección Social (MSPS) identificarĆ” las personas que serĆ”n vacunadas en cada etapa del PNV, y conformarĆ” la base de datos maestra de vacunación, de acuerdo con la información contenida en las bases de datos oficiales con las que cuenta el Estado colombiano y estĆ©n disponibles.  

En ese sentido se podrÔn usar llamadas telefónicas, mensajes de texto, mensajería instantÔnea, correo electrónico, entre otros medios tecnológicos, para comunicarse con los usuarios que serÔn objeto de la vacunación.

La información relacionada con la etapa en la cual serĆ” vacunada cada persona, y el grupo al cual pertenece, asĆ­ como el lugar, fecha y hora de la cita tambiĆ©n se podrĆ” consultar en la plataforma MIVACUNA COVID-19 con el nĆŗmero de identificación de cada persona.  

Por eso las entidades responsables del aseguramiento en salud y las entidades territoriales deben identificar al prestador de servicios de salud que gestionarĆ” la vacunación de las personas contenidas en los listados enviados por el MSPS. 

En sistƩsis el procedimiento se llevarƔ a cabo de la siguiente forma:

1) el prestador de servicios de salud debe contactar la persona a vacunar,  informarle que la vacuna es voluntaria y preguntarle si desea vacunarse. Si la respuesta es afirmativa le agendarĆ” la cita para adelantar el procedimiento de vacunación;

2) si la vacuna requiere de dos dosis la entidad prestadora tendrÔ que agendar las dos citas con el debido intervalo de tiempo entre uno y otro biológico;

3) la persona con cita asignada debe presentarse en el lugar, hora y fecha estipulada con la entidad prestadora de salud.

4) el personal confirmarÔ la identificación de la persona y le entregarÔ los datos sobre la seguridad, riesgo-beneficio, contraindicaciones y eventos adversos del biológico a aplicar.

5) la persona tendrĆ” que firmar el consentimiento.

6) una vez aplicada la vacuna, el prestador de servicios de salud debe entregar el carné de vacunación y recordarle al usuario la fecha de la cita para la aplicación de la segunda dosis.

Las responsabilidades de las entidades territoriales estĆ”n definidas en los artĆ­culos 20 y 21 del decreto 109. Disculpenme lo personal en razón de mi origen, pero me perocupan varias cosas con respecto a la particularidad de la población del departamento de La Guajira, respecto de lo cual entonces cabe preguntar, ¿quĆ© estĆ” haciendo la Gobernación de La Guajira sobre el plan de vacunación en el departamento? ¿TambiĆ©n van a encriptar esa información que todos los residentes en La Guajira deben conocer? 

Todos los guajiros tenemos derecho a conocer el plan de vacunación que la gobernación de La Guajira tiene definido para los habitantes del departamento. 

Y ese plan de vacunación debe ser muy singular, teniendo en cuenta tres poblaciones con caracterĆ­sticas propias: 1) la gran nación wayuu, 2) los alijunas residentes y de arraigo, y 3) el ejĆ©rcito de “retornados” que regresa a sus orĆ­genes por toda la problemĆ”tica que se vive en Venezuela, a los cuales tambiĆ©n hay que atender porque el hecho de que no sean vacunados representan un riesgo para el resto de la población y que se mantenga el virus en el ambiente. @LcolmenaresR

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