Por: Hernán Baquero Bracho
Reza el aforismo popular, de que la esperanza es lo último que se pierde. Desde que el congreso de la república aprobó en el mes de julio del año 2011, el acto legislativo más perverso de la historia reciente, el 005 y cuando el prestigioso abogado riohachero y de los mejores con que cuenta La Guajira, impetró una demanda ante la honorable Corte Constitucional, en el mes de agosto de ese mismo año; demanda que está fundamentada en derecho y con argumentos sólidos y basada en que no hubo la respectiva consulta previa ante las comunidades indígenas de nuestro departamento donde se encuentran asentados los recursos de los respectivos municipios productores de hidrocarburos y minerales energéticos, tal como lo establece el acuerdo 169 de la OIT, y que existe coincidencia con la ultima sentencia sobre consulta previa, sentencia T – 129 de 2011, en la cual se le aclaró al gobierno que la consulta previa es un derecho fundamental que debe ser reglamentado por ley estatutaria y que a finales de abril, la honorable Corte Constitucional se pronunciará y tenemos fe en Dios y en la sabiduría que el creador ha puesto en Jose Manuel Abuchaibe que lo que nos pertenece por derecho propio y por la Constitución del 91, que nos otorgó esta compensación llamadas regalías en un fallo histórico volverán a nuestro departamento.
Jose Manuel Abuchaibe Escolar, es un jurista estudioso y de gran valía quien ha demostrado a través de sentencias de su éxito en las altas cortes de nuestro país. Lo que sucede es que a nosotros los guajiros, no le damos el verdadero valor de lo que tenemos y buscamos más los defectos de las personas – personalizamos el asunto – y no las virtudes; lo otro es la indiferencia y la poca visión de nuestros dirigentes y de la comunidad en general que pocas veces le damos credibilidad a la intelectualidad, si no a la incapacidad de ellos mismos, mas los áulicos de cada gobernante que se convierten como en el libro sagrado de Reyes, en los profetas de Baal, y no en los Elías que relata el mismo libro sagrado de la Biblia. Y para mi el Elías de la historia es Jose Manuel Abuchaibe Escolar, quien demostrará a los incrédulos y a los insensatos de esta tierra hermosa, que ha vivido al vaivén de las olas en base a incapacidad, falta de visión y sentido de pertenencia, que la Corte Constitucional le dará la razón a esta demanda fundamentada en derecho y sentencias.
Y las cosas andan tan bien que en marzo 28 del año en curso, la Corte Constitucional declaró inexequible el acto legislativo 4 de 2011, por configurar una sustitución temporal y parcial de la Constitución de 1991, bajo la sentencia C – 249/12 sustentada por el honorable magistrado Juan Carlos Henao Pérez. En los fundamentos de la decisión de esta inexequibilidad, la Corte reafirmó su competencia para examinar si el congreso, al ejercer el poder de reforma, incurrió o no en un vicio de competencia que, además de tener fundamento en el articulo 241.1 de la Constitución, se sustenta en la diferencia existente entre poder constituyente originario – poder político no sujeto a límites jurídicos – y poder constituyente derivado en cabeza del Congreso de la República (art. 374 C.P.) es decir que el Congreso de la República no tiene competencia para sustituir temporal y parcial a la Constitución de 1991. De ahí que el decreto ley 4923, donde el gobierno reglamentó la operación del Sistema General de Regalías y para convertirlo en ley ambas cámaras, estaría el congreso violando la constitución y de ahí que muchos congresistas han salido ahora con la pataleta que el gobierno nacional los engañó. Vista así las cosas, todo está favorable para que la demanda impetrada en la Corte Constitucional, sea favorable a La Guajira.
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