ICBF y comunidades indígenas. La eterna lucha.

Por: Mauricio Ramírez

La relaciones entre los territorios indígenas y el ICBF ha estado plagada de controversias todos los años, es común escuchas sobre corrupción en la contratación de ONG y también sobre la ineficiencia y mala calidad de la prestación de los servicios a cargo de algunas ONG y organizaciones tanto indígenas como foráneas que populan en estos territorios.

Sin embargo y más allá de estas polémicas constantes que se escuchan en los medios y en las instancias judiciales, y las tomas recurrentes que año a año hacen las organizaciones indígenas de las instalaciones del ICBF, nos encontramos frente a un problema estructural y de fondo, la inexistencia de gobernanza que tienen las comunidades indígenas wayuu sobre sus propios territorios dado que hasta la fecha no han podido desarrollar el mandato del Decreto 1953 de 2014 “Por el cual se crea un régimen especial con el fin de poner en funcionamiento los Territorios Indígenas respecto de la administración de los sistemas propios de los pueblos indígenas”, el cual en su contexto y junto a otras normas como el Decreto  Ley 1088 de 1993 “Por el cual se regula la creación de las asociaciones de Cabildos  y/o Autoridades Tradicionales Indígenas” que les permite crear gobiernos propios y gobernar sus propios territorios

La creación de gobiernos propios por zonas homogéneas es urgente para las comunidades indígenas, esto les permite generar gobernabilidad y como consecuencia capacidades y facilidades para administrar y trabajar en su propio desarrollo con enfoque étnico diferencial, y desde este tipo de estructuras revestidas de institucionalidad, manejar los temas que son de su interés como la seguridad alimentaria, el acceso y administración del agua, combatir el cambio climático, administrar sus propios sistemas de justicia, ordenar y controlar el territorio y por supuesto, velar por el bienestar de sus miembros dentro de los cuales están sus niños, que desafortunadamente se han convertido en un negocio para algunos al estar sujetos a procesos de contratación para la garantía de sus derechos.

El citado Decreto 1953 de 2014 establecen las funciones, mecanismos de financiación, control y vigilancia, así como el fortalecimiento de la jurisdicción especial indígena, con el fin de proteger, reconocer, respetar y garantizar el ejercicio y goce de los derechos fundamentales de los Pueblos Indígenas al territorio, autonomía, gobierno propio, libre determinación, educación indígena propia, salud propia, y al agua potable y saneamiento básico, en el marco constitucional de respeto y protección a la diversidad étnica y cultural.

El problema es que es tal el número de comunidades (rancherías) y tal la cantidad de autoridades tradicionales y la cantidad de intereses que se mueven en el medio que ha hecho imposible lograr el desarrollo y estructuración de estos territorios y la conformación de territorios con gobiernos propios.

De parte del Estado, ya sea la nación, el departamento o los municipios ha habido poca voluntad de trabajar en esta línea o no han podido encontrar el camino para hacerlo, y de parte de las comunidades indígenas ha sido casi que imposible ponerlos de acuerdo porque los wayuu es un pueblo que puede tener más de 600.000 habitantes en más de 15.000 comunidades con igual número de autoridades tradicionales que habitan los territorios de Uribía, Manaure, Maicao, Riohacha, Albania, Barrancas, Hatonuevo, y Fonseca, e incluso Dibulla, donde hay varios asentamientos.

Algunos intentos han buscado avanzar en esta línea, como el desarrollado por Wayuu Araurayu que intento organizar la Zona Extrema Norte de la Alta Guajira, pero han abarcado quizás demasiado territorio en su intento, (es algo relativo) y eso les ha impedido avanzar en el proceso.  Sin embargo es una experiencia valiosa, pero aplicándola posiblemente a territorios más pequeños de tal forma que sean más fácil de gobernar y administrar los territorios.

Si dividiéramos a Uribía en 20 partes iguales, cada parte tendría una área más grande que la que tiene el 59.9% de los municipios existentes en Colombia, y si dividiéramos la población proyectada por el DANE para Uribía para el año 2019 en 20 partes, el 43% de los municipios del país tendrían menos población que cada una de esas 20 partes, esta es la complejidad del problema.

Si el Estado y las mismas organizaciones indígenas le apuestan a organizar sus territorios y crear gobernanzas propias (el cómo hacerlo es el misterio), se podrá comenzar a avanzar en las soluciones para estas comunidades y también para el Departamento en su integralidad.

Lograr esto implica reinventarse un poco, no sólo por parte del Estado Colombiano que tiene que adecuarse a estas realidades, sino a las mismas comunidades y organizaciones indígenas, que tienen que avanzar y transformar sus formas organizativas y estar dispuestos a dar un gran paso adelante, abandonando los intereses individuales y apostando por los intereses generales y colectivo, lo único cierto es que de seguir las cosas como están, nada cambiará, seguirá la muerte constante de niños no solo por desnutrición sino por muchas otras variables prevenibles, y sobre los cuales nadie responde y nadie exige responsabilidades, y continuarán los conflictos de cada año por la contratación de operadores, algunos de oscuros y extraños orígenes, otros muy buenos y 100% altruistas, pero que al estar sujetos a procesos de negociación anuales  (lucha por el contrato) hará que siempre el que pierda sea nuestra infancia.

ICBF debe apostar a ayudar a organizar los territorios, y transferir capacidades y responsabilidades junto con a otras instituciones como el Ministerio del Interior, el IGAC, el DANE, Planeación Nacional, y por supuesto la Gobernación de La Guajira y las alcaldías quienes no pueden  seguir excluyéndose a estas responsabilidades.

@MauricioAdmPub

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