Corte acepta impedimentos de tres magistrados en caso Colmenares

Por resolver caso de Carlos Cárdenas, no podrán estudiar proceso de Laura Moreno y Jessy Quintero.



La Corte Suprema de Justicia aceptó el impedimento que presentaron tres magistrados del Tribunal Superior de Bogotá para apartarse de conocer en segunda instancia el proceso de Laura Moreno y Jessy Quintero, a quienes un juez absolvió en una primera decisión por la muerte del joven estudiante Luis Andrés Colmenares. 

Aunque las otras salas de decisión del mismo tribunal habían rechazado el impedimento, el alto tribunal les dio la razón a los magistrados José Joaquín Urbano Martínez, Álvaro Valdivieso Reyes y Jorge Enrique Vallejo Jaramillo en que están impedidos para tomar una decisión en el proceso por homicidio agravado, encubrimiento y falso testimonio contra Moreno y Quintero. 
La razón principal de la Corte para aceptar el impedimento consiste en que estos tres magistrados son los mismos que en una segunda instancia decidieron absolver  a Carlos Cárdenas, quien también había sido señalado en el homicidio de Colmenares, ocurrido en el 2010. En ese fallo los magistrados afirmaron que si bien no había pruebas para condenar a Cárdenas, era evidente que la muerte de Colmenares fue producto de un homicidio y no de un accidente. 

El fallo del 2014 que absolvió a Cárdenas asegura que "sí existe conocimiento más allá de toda duda razonable acerca del delito de homicidio cometido en contra de Luis Andrés Colmenares Escobar. Esto es así porque hay fundamento para inferir que las lesiones por él reportadas fueron causadas por terceros, en varios momentos, con elementos y fuerzas diferentes y que fue luego abandonado en el lugar en el que falleció por asfixia en medio líquido; como también lo hay para descartar la supuesta caída o el supuesto lanzamiento de aquel en el canal del Parque El Virrey”.

Esa tesis va en contra de la que, precisamente, el juzgado 11 penal del circuito que absolvió a Moreno y Quintero sostuvo para tomar su decisión de absolverlas, pues en el fallo aseguró que "el daño sufrido por Luis Andrés Colmenares Escobar es consistente con una caída sobre la cara y no a golpes propinados por terceros". 

El juez también dijo que "ha quedado claro que el ente acusador en verdad nunca tuvo prueba alguna de dicho ilícito (...) al haber quedado demostrado que la muerte de Luis Andrés Colmenares Escobar no tuvo su origen en un homicidio no hay otra alternativa que absolver a las acusadas". 

Así, para la Corte es claro que los magistrados que absolvieron a Cárdenas y que ahora deben conocer en segunda instancia el proceso contra Laura Moreno y Jessy Quintero ya comprometieron su criterio sobre un punto en discusión que es central, y fue en concluir que la muerte de Colmenares se dio por un homicidio y no por un accidente. 

"En verdad el pronunciamiento emitido dentro del fallo proferido en el proceso seguido contra Carlos Andrés Cárdenas Gómez resulta trascendente y vinculante para el efecto de dilucidar la responsabilidad de las aquí procesadas Laura Milena Moreno Ramírez y Jessy Mercedes Quintero Moreno", aseguró la Corte Suprema.

La Corte aseguró que el conocimiento del caso ahora quedará en manos de la Sala de Decisión, integrada por los magistrados Jairo José Agudelo Parra, Juan Carlos Arias López y Fabio David Bernal Suárez.


Cuál es tu opinión

Gracias por su comentario

Artículo Anterior Artículo Siguiente